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Ley que permite arrendar aeronaves con tripulación extranjera

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Viva Aerobus informó que la decisión de llevar a cabo la renta temporal de aeronaves y tripulaciones de un arrendador internacional, esquema conocido como “arrendamiento húmedo”.

 

 

Con Información de EL UNIVERSAL 

Viva Aerobus informó que la decisión de llevar a cabo la renta temporal de aeronaves y tripulaciones de un arrendador internacional, esquema conocido como “arrendamiento húmedo”, se tomó con la autorización de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), en estricto apego a lo que estipula y permite la regulación aeronáutica y Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La AFAC tiene la facultad de otorgar los arrendamientos con matrícula extranjera como se señala en el artículo 26 de la Ley de Aviación Civil.

“Las aeronaves arrendadas, al no tener matrícula mexicana, pueden tener tripulación extranjera de conformidad con el artículo 34 del reglamento de la Ley de Aviación Civil”, sostuvo la aerolínea, en un comunicado.

En ese sentido, el Artículo 215 de la Ley Federal del Trabajo solamente indica como requerimiento la nacionalidad mexicana para tripulación de aeronaves con matrícula mexicana; más no realiza la misma restricción para aeronaves con matrícula extranjera.

Viva detalló que el motivo por el cual estas aeronaves no pueden ser operadas por su personal, de momento, es porque se encuentran bajo otro Air Operator Certificate (AOC); por tanto, se requiere de personal capacitado por ese AOC.

Sin embargo, Viva Aerobus se encuentra realizando las gestiones y capacitaciones necesarias para que puedan ser operados por su propio personal.

“Resulta importante señalar que, en todos los vuelos operados con estas aeronaves arrendadas, también participarán miembros de la tripulación mexicana de Viva Aerobus, sobrecargos, en atención de las necesidades de los pasajeros y regulación”, agregó la aerolínea.

Además, reiteró que la decisión de realizar este tipo de arrendamiento es temporal y meramente estratégica para poder reincorporar, de manera casi inmediata, a su flota y tripulaciones.

“Sólo bajo este esquema es posible devolver las aeronaves rentadas de manera inmediata tan pronto haya concluido la revisión preventiva de los motores; una ventaja que no es viable en otro tipo de arrendamientos que exigen periodos de renta de mayor duración”, aseguró.

Con estas medidas, Viva atiende un escenario complejo por el cual atraviesan numerosas aerolíneas en todo el mundo dada la solicitud de inspección del fabricante de motores Pratt & Whitney.

Al respecto, el Colegio de Pilotos Aviadores de México considera inaceptable que la AFAC viole la ley al aprobar operaciones de aeronaves con tripulaciones extranjeras, lo cual es violatorio de la Constitución y las leyes que de ella emanan, aseguró el Capitán Ángel Domínguez Catzín, presidente del Colegio.

“Si bien la Ley de Aviación Civil y los reglamentos y circulares obligatorias le permiten a la autoridad aeronáutica autorizar temporalmente el internamiento de aeronaves extranjeras sin registro nacional, no es el caso con los tripulantes, ya que la Constitución es muy clara en cuanto a que los tripulantes de aeronaves que operen en territorio nacional deben ser mexicanos por nacimiento”, añadió.

“Y la ley prohíbe expresamente tanto las tripulaciones extranjeras como el cabotaje pues esa autorización estaría cayendo en alguno de los dos supuestos”, consideró el presidente del Colegio y del Frente en Defensa de la Aviación Mexicana.

Además, no existe ningún convenio de servicios aéreos con Malta, país cuya matrícula ostentan los aviones arrendados, lo cual pone en jurisdicción mexicana la operación de las aeronaves antes descritas.

Asimismo, permitir pilotos extranjeros volando rutas domésticas e internacionales en compañías mexicanas sentaría un precedente negativo en la lucha por el respeto a los derechos laborales de las tripulaciones mexicanas.

Por su parte, la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) dijo que permitir a pilotos extranjeros volar rutas domésticas e internacionales en compañías mexicanas sentaría un precedente negativo en la lucha por el respeto a los derechos laborales de las tripulaciones mexicanas.

Por lo tanto, es necesaria la revisión del tema por parte de las autoridades aeronáuticas quienes deben vigilar el respeto a las leyes y proteger las fuentes de empleo nacionales.

Asimismo, ante la falta de claridad legal surgen dudas respecto de la ley laboral que se aplicaría a las tripulaciones o el pago de impuestos, entre otras cuestiones, indicó ASPA.