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El proyecto de González Alcántara Carrancá deberá establecer los efectos de la decisión que el jueves tomó el tribunal, en el sentido de que el Senado ha sido omiso en el nombramiento de los comisionados faltantes para el INAI.
Con información de EL UNIVERSAL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó returnar la controversia constitucional del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados, al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para efecto de elaborar un nuevo proyecto de sentencia, con el criterio de la mayoría, luego de que la propuesta de la ministra Loretta Ortiz fue desechada por mayoría de ocho votos contra tres.
“El Tribunal pleno acordó returnar la presente controversia constitucional entre las ministras y ministros de la mayoría para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Al respecto, túrnese este expediente al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para elaborar el proyecto de sentencia correspondiente, en estricto apego al registro que se lleva en la Subsecretaría General de Acuerdos y de conformidad con lo determinado por el Pleno de este Alto Tribunal”, se publicó en la lista de notificaciones de la SCJN.
El proyecto de González Alcántara Carrancá deberá establecer los efectos de la decisión que el jueves tomó el máximo tribunal del país, en el sentido de que el Senado ha sido omiso en el nombramiento de los comisionados faltantes para que el INAI pueda sesionar y ejercer sus facultades constitucionales plenas.
Por lo que, le podría otorgar al Senado un plazo para que lleve a cabo las designaciones o permitir al INAI sesionar con cuatro de los siete comisionados que integran el pleno.
La ministra Margarita Ríos Farjat afirmó ayer que la Corte debe remediar la falla que le impide al órgano de transparencia el despliegue de sus competencias constitucionales, para “no perpetuar una crisis institucional en el orden jurídico nacional”.
“A mi parecer los entes colegiados del Estado mexicano no deben quedar disfuncionales por falta de quórum”.
Ante ello, consideró que lo “primero que debe de hacerse es reparar el desequilibrio que se genera ante una imposibilidad de que un órgano del Estado pueda desplegar sus competencias constitucionales. Para atender este punto, considero viable que ante la incompleta integración y hasta en tanto el Senado de la República no designe a las personas faltantes, se establezca como efecto en la sentencia, que el pleno del INAI pueda sesionar válidamente con la asistencia de las cuatro personas comisionadas que actualmente integran el órgano”.
La propuesta ya fue respaldada por los ministros Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales y Arturo Zaldívar.