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Corte invalida la criminalización del aborto en el Código Penal Federal

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Al haberse aprobado por unanimidad del pleno, “la sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar el criterio de la Corte”.

 

 

Con información de EL UNIVERSAL

Este miércoles la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE)en el que determinó que “el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar”.

A través de un comunicado la organización detalló que “Con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila resuelta por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto”.

Agregan que este día, la Corte analizó este amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar.

El comunicado sostiene que “con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud. Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal”

Enfatiza que al haberse aprobado por unanimidad del pleno, “la sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar el criterio de la Corte”.

El paso siguiente, comunicó la agrupación es que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.